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El Concejo Municipal

El Concejo es un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador: dicta normas, aprueba las decisiones grandes de la comuna y controla al alcalde. Acá te explico qué puede hacer un concejal y, sobre todo, qué no.

Santiago Mekis interviniendo en una actividad de la Municipalidad de Santiago

Qué aprueba el Concejo

Hay decisiones que el alcalde no puede tomar solo: necesita el acuerdo del Concejo.

  • El presupuesto municipal

    Y sus modificaciones. Solo puede aprobar presupuestos debidamente financiados, y debe revisar cada tres meses cómo van los ingresos y los gastos.

    Ley 18.695, arts. 65 y 81

  • El plan de desarrollo comunal

    El PLADECO, que orienta hacia dónde va la comuna, junto con los presupuestos de salud y educación municipal.

    Ley 18.695, art. 65

  • El plan regulador

    Qué se puede construir y dónde, incluidos los planes seccionales y el plan de inversiones en movilidad y espacio público.

    Ley 18.695, art. 65

  • El plan comunal de seguridad pública

    Y sus actualizaciones.

    Ley 18.695, art. 65

  • Las patentes de alcoholes

    Otorgarlas, renovarlas, caducarlas o trasladarlas, siempre después de consultar a las juntas de vecinos del sector.

    Ley 18.695, art. 65

  • Los contratos grandes y las subvenciones

    Los convenios y contratos desde 500 UTM hacia arriba, y las subvenciones a organizaciones de la comuna.

    Ley 18.695, art. 65

Cómo fiscalizamos

Fiscalizar no es opinar: son herramientas concretas, con plazos que la ley obliga a cumplir.

  • Hacerle observaciones al alcalde

    El Concejo fiscaliza sus actuaciones y le formula observaciones. El alcalde debe responderlas por escrito en un máximo de 15 días.

    Ley 18.695, art. 79 letra d

  • Pedir información

    Cualquier concejal puede solicitar información por escrito. El alcalde está obligado a responder en un plazo no mayor a 15 días.

    Ley 18.695, arts. 79 letra h y 87

  • Citar a un director municipal

    Para que asista a una sesión y responda preguntas de su área. Se necesita el acuerdo de al menos un tercio de los concejales.

    Ley 18.695, art. 79 letra l

  • Ordenar una auditoría externa

    Por mayoría de sus miembros, para revisar la ejecución presupuestaria y la situación financiera del municipio. Sus informes finales son públicos.

    Ley 18.695, art. 80

  • Revisar en qué se gasta

    Cada concejal tiene acceso permanente al registro mensual de todos los gastos de la municipalidad.

    Ley 18.695, art. 79

Lo que un concejal NO puede hacer

Esta es la parte que menos se explica y la que más malentendidos evita. A un concejal se le pide a menudo lo que legalmente no está en sus manos, y decirlo de frente es parte de responder bien.

  • Administrar la municipalidad

    El Concejo es un cuerpo colegiado: decide en sesión y por acuerdo. Un concejal por sí solo no dirige unidades municipales ni le da instrucciones a los funcionarios. Quien administra es el alcalde.

    Ley 18.695, Título III

  • Aumentar el gasto del presupuesto

    El Concejo no puede subir el presupuesto de gastos que presenta el alcalde. Solo puede disminuirlo o cambiar cómo se distribuye.

    Ley 18.695, art. 65

  • Contratar, despedir ni adjudicar

    Esas son decisiones de la administración. El Concejo aprueba las políticas de recursos humanos y los contratos mayores, pero no ejecuta ninguno.

    Ley 18.695, art. 65

  • Votar cuando hay interés de por medio

    Ningún concejal puede participar en la discusión ni en la votación de asuntos en que él o un pariente cercano tengan interés.

    Ley 18.695, art. 89

  • Entorpecer la gestión con sus consultas

    El derecho a estar informado es amplio, pero la ley exige ejercerlo sin trabar el funcionamiento del municipio.

    Ley 18.695, art. 87

  • Reunirse sin dejar registro

    Los concejales son sujetos pasivos de la Ley del Lobby: registran audiencias, viajes y donativos, y deben declarar intereses y patrimonio.

    Leyes 20.730 y 20.880

Si me pides algo que no me corresponde resolver, te lo voy a decir, y te voy a orientar hacia quien sí puede hacerlo.

Mis comisiones

Presidente

  • Comisión de Deportes

Vicepresidente

  • Comisión de Educación
  • Comisión de Desarrollo Social, Adulto Mayor, Mujer, Inclusión y Familia, Niños, Niñas y Adolescentes
  • Comisión de Medio Ambiente

Cómo participar

  • Las sesiones del Concejo son públicas: puedes asistir o seguirlas según los canales de la Municipalidad.
  • ¿Tienes un tema para una comisión que integro? Escríbeme.
  • Para reuniones formales, pide una audiencia.