Presidente
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El Concejo es un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador: dicta normas, aprueba las decisiones grandes de la comuna y controla al alcalde. Acá te explico qué puede hacer un concejal y, sobre todo, qué no.

Hay decisiones que el alcalde no puede tomar solo: necesita el acuerdo del Concejo.
Y sus modificaciones. Solo puede aprobar presupuestos debidamente financiados, y debe revisar cada tres meses cómo van los ingresos y los gastos.
Ley 18.695, arts. 65 y 81
El PLADECO, que orienta hacia dónde va la comuna, junto con los presupuestos de salud y educación municipal.
Ley 18.695, art. 65
Qué se puede construir y dónde, incluidos los planes seccionales y el plan de inversiones en movilidad y espacio público.
Ley 18.695, art. 65
Y sus actualizaciones.
Ley 18.695, art. 65
Otorgarlas, renovarlas, caducarlas o trasladarlas, siempre después de consultar a las juntas de vecinos del sector.
Ley 18.695, art. 65
Los convenios y contratos desde 500 UTM hacia arriba, y las subvenciones a organizaciones de la comuna.
Ley 18.695, art. 65
Fiscalizar no es opinar: son herramientas concretas, con plazos que la ley obliga a cumplir.
El Concejo fiscaliza sus actuaciones y le formula observaciones. El alcalde debe responderlas por escrito en un máximo de 15 días.
Ley 18.695, art. 79 letra d
Cualquier concejal puede solicitar información por escrito. El alcalde está obligado a responder en un plazo no mayor a 15 días.
Ley 18.695, arts. 79 letra h y 87
Para que asista a una sesión y responda preguntas de su área. Se necesita el acuerdo de al menos un tercio de los concejales.
Ley 18.695, art. 79 letra l
Por mayoría de sus miembros, para revisar la ejecución presupuestaria y la situación financiera del municipio. Sus informes finales son públicos.
Ley 18.695, art. 80
Cada concejal tiene acceso permanente al registro mensual de todos los gastos de la municipalidad.
Ley 18.695, art. 79
Esta es la parte que menos se explica y la que más malentendidos evita. A un concejal se le pide a menudo lo que legalmente no está en sus manos, y decirlo de frente es parte de responder bien.
El Concejo es un cuerpo colegiado: decide en sesión y por acuerdo. Un concejal por sí solo no dirige unidades municipales ni le da instrucciones a los funcionarios. Quien administra es el alcalde.
Ley 18.695, Título III
El Concejo no puede subir el presupuesto de gastos que presenta el alcalde. Solo puede disminuirlo o cambiar cómo se distribuye.
Ley 18.695, art. 65
Esas son decisiones de la administración. El Concejo aprueba las políticas de recursos humanos y los contratos mayores, pero no ejecuta ninguno.
Ley 18.695, art. 65
Ningún concejal puede participar en la discusión ni en la votación de asuntos en que él o un pariente cercano tengan interés.
Ley 18.695, art. 89
El derecho a estar informado es amplio, pero la ley exige ejercerlo sin trabar el funcionamiento del municipio.
Ley 18.695, art. 87
Los concejales son sujetos pasivos de la Ley del Lobby: registran audiencias, viajes y donativos, y deben declarar intereses y patrimonio.
Leyes 20.730 y 20.880
Si me pides algo que no me corresponde resolver, te lo voy a decir, y te voy a orientar hacia quien sí puede hacerlo.
Presidente
Vicepresidente